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¿Cómo actuar ante un siniestro?

Siempre estamos cerca de nuestros clientes. Y cuando ocurre un siniestro, más que nunca
necesitás sentirte respaldado y tener toda la información para saber cómo actuar. Conocé
nuestras guías que te ayudarán en esta situación.

Más fácil y rápido: podés Ingresar tu denuncia las 24hs los 365 días del año por BOSTON NET.
También podés contactarte con tu productor de seguros para que ingrese la denuncia.

Siniestros Automotores

Siniestros Hogar

Combinado Familiar
  1. Tenés que ingresar tu denuncia las 24hs los 365 días del año por BOSTON NET, Sistema de Autogestión y/o podés contactarte con tu productor de seguros para que la ingrese.
    Solicitá en ese momento el número de siniestro asignado.
  2. Dentro del plazo de 72hs hábiles posteriores a la denuncia serás contactado para asesorarte sobre los pasos a seguir y los requisitos necesarios para practicar la liquidación.
  3. Tratamiento del siniestro: La gestión del siniestro se inicia con la denuncia administrativa, el aporte de documentos, la intervención del liquidador o manejo administrativo por parte de personal de la Cía.
  4. Presentación de documentación por parte del asegurado.
  5. Una vez que ingresa a Boston toda la documentación solicitada, si se encuentra cumplimentada y las verificaciones concluidas, se efectuará la liquidación del siniestro ajustada a las Condiciones de la Póliza (teniendo en cuenta Sumas Aseguradas, Limitaciones, Franquicias y otras particularidades). Esto dará como resultado un monto indemnizatorio que se le informará al Asegurado.
  6. Una vez aceptada la propuesta indemnizatoria, te solicitaremos la remisión de «la aceptación» por escrito y firmada. Una vez recibida esta, te comunicaremos la fecha de pago. El pago podrá ser efectivizado por e-cheq o transferencia bancaria. Si optases por esta, te solicitaremos constancia de CBU emitida por tu entidad bancaria y tu CUIT/CUIL.
DETALLE DE DOCUMENTACIÓN A SOLICITAR:
  1. Informe técnico con la causa del daño
  2. Presupuesto de reparación
  3. Factura de reparación (en caso de no contar con la misma)
  4. En caso de no ser reparable, factura de compra del bien afectado para determinar la antigüedad y preexistencia.
  • Copia de denuncia policial en sede

  • Fotografías

  • Se debe indicar si se desea la reposición del cristal a través de uno de los Proveedores de la Cía. O en su defecto, si el Asegurado procede a la reposición presentando posteriormente la factura de la misma.
  • Fotografías
  • Copia de denuncia policial en sede
  • Certificado de Intervención de bomberos
  •  

En todos los casos, una vez efectuada la evaluación de la magnitud del siniestro, el tratamiento se realizará administrativamente o a través de un liquidador designado por la Cía.

La documentación indicada podrá ser ampliada, dependiendo del requerimiento de cada caso en particular.

Siniestros Vida

Documentación para siniestros de vida obligatorio
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

  • Declaración del último domicilio real.

  • En el caso de no existir designación de beneficiarios, ¿Qué documentación tengo que presentar?

  • Para los Derechohabientes con derecho a cobrar la pensión del fallecido:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

  • Partida de matrimonio legalizada emitida con antelación no mayor a seis meses de su presentación para la liquidación del siniestro.

  • Copia del acuerdo de Anses otorgando el beneficio de la pensión.

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

  • Certificado de convivencia legalizado.

  • Copia del acuerdo de Anses otorgando el beneficio de la pensión.

Si es Hijo:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

  • Partida de nacimiento legalizada.

  • De corresponder, la documentación que acredite quien resulta ser su representante legal (patria potestad, tutela o curatela).

¿Qué documentación presentar en caso de fallecimiento del personal doméstico?

  • Formulario de denuncia y Copia certificada de la Partida de Defunción.

  • Impresión del F. 102/B presentado a la AFIP (los dos últimos presentados y abonados).

  • Copias del último recibo de haberes firmado por el Asegurado fallecido y del último recibo.

  • Original de la Designación de Beneficiarios de Boston.

  • En caso de no existir dicha designación o, si por cualquier causa la designación se tornara ineficaz o quedara sin efecto, regirá lo dispuesto en los artículos 53 y 54 de la Ley N*24.241 (derechohabientes del sistema previsional). A efectos de los mismos se considerará: la declaración de derechohabientes expedida por el ANSES, o certificación emitida por la caja previsional respecto de la cual resultara aportante el asegurado fallecido. Si el o los beneficiarios son menores o incapaces, se deberá presentar la documentación que acredite quien ejerce su patria potestad/tutela o curatela.

  • Notificación de existencia del Seguro a los Beneficiarios en el último domicilio que el asegurado tenga registrado.

  • Fotocopia DNI de beneficiarios consignando último domicilio real.

*Se podrá solicitar documentación adicional de ser necesario.

INDEMNIZACION UNIFORME $ 118.800

(A partir del 1° de Marzo de 2021)

Podés hacer tus consultas y requerimientos a través de nuestras vías de Contacto Boston

Integral de Comercio

Integral de Consorcio

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